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Recordar que dice nuestro convenio colectivo 507/07
ARTICULO 26:
DIA DEL VIGILADOR: Se fija como dia del vigilador el 25 de Abril.
a) Pagar una suma igual a la que tenga asignada el vigilador mas una cantidad igual en el supuesto que se prestara servicio.
b) Otorgar un franco compensatorio.
c) Adicionar un día a la licencia anual por vacaciones correspondientes.